La Corporación de Empresas Inmobiliarias de Rosario (CEIR) y la Cámara de Inmobiliarias de Rosario (CADEIROS) organizan una actividad exclusiva para sus asociados, que se llevará a cabo el miércoles 12 de Agosto a las 18 hs. Se trata de un conversatorio virtual teórico-práctico sobre la Reforma de las Locaciones de Inmuebles Urbanos introducida por la Ley 27.551 en vigencia desde el 1 de Julio del 2020.
Esta capacitación estará a cargo de las Dras. Stella Maris Alou Abogada (Profesora Titular Asociada de Derecho de los Contrato Cátedra “B” Facultad de Derecho de la UNR) y Ana Marcela Wolkowicz Abogada (Profesora titular Asociada de Derecho Privado Parte General Cátedra “A” de la Facultad de Derecho UNR).
El objetivo es continuar con la formación de las empresas y corredores inmobiliarios, brindando herramientas que les permitan a los asistentes interpretar y articular las modificaciones comprendidas en la los “nueva Ley de Alquileres”.
Este conversatorio se realiza desde una perspectiva teórico-práctica, orientando a los asistentes en la resolución de casos concretos teniendo como fundamento en su aplicación e interpretación de la nueva ley, la buena fe, la prohibición del ejercicio abusivo de los derechos, la prevención del daño y la información.
Las reformas introducidas en Ley 27.551, referidas a las Locaciones de Inmuebles Urbanos, incluyen una diversidad de artículos, que alcanzan los diferentes aspectos de los contratos de locación: Plazos, Renovación del Contrato, valor del Canon locativo para inmuebles de uso habitacional y comercial, obligaciones del Locador, Obligaciones del locatario, Rescisión anticipada del contrato, Efectos de la extinción del contrato, Garantías, Contrato de corretaje, Métodos alternativos para la resolución de conflictos, entre otros.
Explicamos algunas de ellas:
Plazos: El plazo mínimo de locación de inmueble, cualquiera sea su destino, tendrá un mínimo de 3 años.
Renovación: En las locaciones de vivienda las partes con al menos 3 meses de anticipación deben comunicar su decisión de renovar el contrato y las condiciones del mismo. El silencio o negativa del locador habilita al locatario a resolver anticipadamente sin pagar indemnización.
Actualización y ajustes: Se suprime la prohibición de indexar los alquileres cualquiera sea su destino. Para los alquileres habitacionales el precio solo podrá tener ajustes anuales en base a un índice que comenzará a elaborar el BCRA (no el INDEC), conformado en igual medida por el índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Garantías: En las locaciones habitacionales el locatario debe proponer al menos “dos” alternativas de garantías y el locador debe aceptar “una” (entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario con recibo de sueldos, certificado de ingresos, etc.).
Los interesados pueden contactarse a sus respectivas Cámaras para que se les haga llegar el link de inscripción.