La democratización en el acceso a las inversiones y las plataformas digitales.
Ezequiel Vinson – Abogado, Docente en la Bolsa de Comercio de Rosario.
Gino Zavanella – Contador público. Especialista en en Negocios Inmobiliarios
En el marco del Real Estate Digital Day, que se realizó el pasado 25 de octubre en el Salón Metropolitano, expusimos el significado del Crowdfunding y cómo se aplica al sector inmobiliario, ante un público conformado por casi 300 profesionales y especialistas del mercado inmobiliario, la construcción, la comercialización y el marketing.
Según Wikipedia, una comunidad es un ”Conjunto de personas que viven juntas bajo ciertas reglas o que tienen los mismos intereses”.
Desde una perspectiva más amplia, podríamos decir que se trata de un grupo de personas con diversas características que se encuentran asociadas por vínculos sociales, comparten perspectivas comunes y participan en acción conjunta en un entorno determinado.
El siglo XXI, atravesado por la revolución tecnológica y de las comunicaciones, nos impone que las características del entorno no sólo se limitan al ámbito geográfico sino también al digital.
Metiéndonos de lleno en el plano del Crowdfunding, podemos decir que su esencia se centra en el concepto de comunidad, ya que se trata de grupos de personas (crowd = multitud) que operan (funding = inversores) en un entorno determinado (físico o digital) bajo intereses comunes (participar de un proyecto determinado).
Así podríamos definir a esta forma de financiamiento como “ un sistema de cooperación colectiva, llevada a cabo por personas que realizan una red para conseguir dinero u otros recursos utilizando Internet para financiar esfuerzos e iniciativas de otras personas u organizaciones”.
La definición citada en el párrafo anterior, hace foco en el grupo de personas que se juntan a través de Internet u otros medios análogos para financiar iniciativas de otras. Tan simple como eso, tan potente como el poder de una comunidad al servicio de una iniciativa atractiva.
Los sistemas de financiamiento colectivo, en definitiva, plantean que armando una red a gran escala de pequeñas cuotas se puedan financiar grandes emprendimientos y/o proyectos de inversión. Va de suyo que ninguno de los aportantes pudiera concretar de manera individual dicho proyecto sin el acompañamiento y la fuerza de los otros.
La democratización en el acceso a las inversiones, que se profundiza con la aparición de las fintech y la banca digital, permite que la comunidad digital participe en diferentes proyectos, de distintas escalas, en cualquier punto del planeta.
La participación colectiva de inversores en proyectos de inversión a través de Internet, irrumpe en el mercado inmobiliario mundial planteando un nuevo escenario al que deberán adaptarse los integrantes que lo componen.
La cantidad de inversores potenciales crecerá exponencialmente a nivel mundial, los beneficiarios de la rentabilidad de los negocios ya no serán exclusivamente quienes posean grandes dotaciones de capital y las plataformas serán el vehículo para canalizar las inversiones.
Se genera de esta manera un círculo virtuoso: inversores disputando participaciones en proyectos atractivos, y desarrolladores generando emprendimientos rentables para disputarse inversores.
El Crowdfunding en la Argentina
La legislación argentina, ya contempla a las plataformas de Crowdfunding, en el marco de la Ley 27.349 - Ley de Apoyo al Capital Emprendedor dictada en el mes de marzo del año 2017, del Decreto N° 252/2017 (12/04/2017) y de la Resolución General N° 717-17 de la Comisión Nacional de Valores emitida en diciembre de ese mismo año.
Aquellos juristas que han analizado la normativa precedente, indican que si bien es necesario mejorar y adecuar dichas reglamentaciones, el puntapié inicial para la “uberización” de las inversiones inmobiliarias ya está dado en la Argentina.
Esa es la clave, porque, en definitiva, el valor singular del Crowdfunding no radica en el dinero ni en las plataformas que promocionan los proyectos, sino en la comunidad que se empodera.
Volver